Qué título exige la ley para trabajar en el deporte, comunidad por comunidad
En España no hay una ley estatal que diga qué título necesitas para trabajar en el deporte: lo decide cada comunidad autónoma. Revisamos las leyes una a una en el BOE y aquí tienes el estado de cada una.
Estado por comunidad
| Comunidad | Ley | Estado | Nota |
|---|---|---|---|
| Comunidad de Madrid | Ley 6/2016 | Verificada artículo por artículo | |
| Cataluña | Ley 3/2008 | En vigor. En revisión | La ley no nombra el TSAF ni el TSEAS, pero la Generalitat los admite en su registro de profesionales como monitor o director deportivo. |
| Andalucía | Ley 5/2016 | Aprobada, sin aplicar | La parte que regula las profesiones del deporte no se aplica hasta que se apruebe su decreto de desarrollo. No nos consta que se haya aprobado. |
Fuente: Ley 6/2016 de la Comunidad de Madrid, BOE. Consultado el 30/10/2026; Ley 3/2008 de Cataluña, BOE. Consultado el 31/10/2026; Ley 5/2016 de Andalucía, BOE. Consultado el 31/10/2026; Ley 39/2022 del Deporte, BOE. Consultado el 30/10/2026. El resto de comunidades se añadirán cuando hayamos verificado su ley.
¿Y una ley estatal?
La Ley 39/2022 del Deporte encarga al Gobierno presentar un proyecto de ley que regule las profesiones del deporte. A fecha de esta revisión no nos consta ningún anteproyecto publicado.